La R.M. 085-2013-TR aprobó en su momento el sistema simplificado de registros del sistema de gestión de SST para MYPES, estableciendo anexos específicos para: (A) MYPES – Guía de conceptos básicos - Anexo 1, (B) Sistema simplificado para Micro empresas - Anexo 2 y (C) Sistema simplificado para Pequeñas empresas - Anexo 3. El formato de registros aprobado en la resolución ministerial es referencial (artículo 3). Esta obligación puede ser llevada a cabo por medios físicos o digitales (artículo 2). Cabe señalar, que las micro y pequeñas empresas pueden optar por implementar los registros obligatorios indicadas en el artículo 33 del Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo o eventualmente implementar el sistema simplificado para micro empresas o pequeñas empresas. Para el caso de registro de inspecciones internas la R.M 085-2013-TR incorpora una lista de verificación, como obligación, indicando adicionalmente que será voluntario desarrollar otras lista de verificación específicas. Esta lista de verificación obligatoria incluye los siguientes aspectos:

MYPE - SST Simplificado (R.M 085-2013-TR)
- Señalizacion, orden y limpieza
- Instalaciones electricas
- Prevencion de incendios
- Equipo de proteccion personal (EPP)
- Higiene industrial (iluminacion y ventilacion) (EPP)
- Capacitaciones entre otros.
En el enlace siguiente descargue la GUIA SST SIMPLIFICADO PARA MYPEs, desarrollada por la SUNAFIL la cual contempla aspectos importante para el cumplimiento del Sistema de Gestion de la SST.






